La tarde del 12 de julio de 2005, el menor de 9 años de quien se reserva su identidad se encontraba junto a su prima en la terraza de la casa de su tío, en Ingeniero Budge, partido de Lomas de Zamora, intentando remontar un barrilete que se enganchó en un transformador de alta tensión colocado por Edesur.
El artefacto, según reza el fallo, se encontraba "a pocos centímetros del frente municipal y sin ningún tipo de resguardo o protección de seguridad". En momentos en que el menor procuró sacar el barrilete con un alambre de hierro, recibió una descarga eléctrica de tal magnitud que lo arrojó a la calle desde una altura aproximada de más de tres metros, sufriendo a raíz de ello graves lesiones".
"El carácter riesgoso que ostenta la energía eléctrica se ve en el caso reforzado si se tiene en cuenta que las instalaciones de la demandada respecto de la red eléctrica y el transformador de alta tensión que produjo el accidente, aparece antirreglamentaria", explicó en el escrito la Sala K de la Cámara Civil.
El niño "sufrió un episodio de electrocución severa (con puerta de entrada en ambas manos y salida en ambos pies) padeciendo una fractura de cráneo con hundimiento de hueso frontal y compromiso de lóbulo frontal derecho", detallaron.
"Fue sometido a intervenciones quirúrgicas para reparación de daño en hueso frontal derecho y curaciones e implantes de piel por las lesiones por quemaduras que presentó en ambas manos y pies", lo que le generó "una incapacidad en el área física de tipo parcial y permanente del 56,5%". Pero aún, según sostiene el fallo, "el damnificado puede tener limitaciones para superar un examen médico preocupacional teniendo la secuela frontal derecha".
Los jueces Oscar Ameal, Lidia Hernández y Carlos Domínguez rechazaron la defensa de Edesur, basada en la supuesta responsabilidad del niño de nueve años y de sus padres en el infortunio del que fue víctima. "No cabe imputarles falta de cuidado y diligencia a los padres al permitir que su hijo de 9 años de edad remonte un barrilete con su prima en la terraza de la casa de su tío, desde que ambos se encontraban dentro de un ámbito privado y conocido, realizando una actividad recreativa que no crea, normalmente, riesgo alguno", sostiene el fallo.
"Si las instalaciones de Edesur hubiesen cumplido con las medidas de seguridad adecuadas, respetando, asimismo, la distancia reglamentaria, aun en el supuesto de enredarse el barrilete en el transformador, el hecho no se habría producido, en tanto el niño, no habría tenido contacto directo o indirecto con líneas de alta tensión", replicaron los jueces.
El monto total de la indemnización trepa a 1.208.000 pesos más intereses a contar desde el momento en que ocurrieron los hechos. Un tribunal de feria rechazó habilitar la tramitación de la causa durante el mes de enero, que había sido pedida por la familia del menor de edad para que se acelerara el pago del resarcimiento económico.
FUENTE: ( http://www.infobae.com)
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