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jueves, 15 de febrero de 2018

NACIONALES: Por la nueva fórmula de ajuste, conviene jubilarse en marzo antes que en febrero



Aunque tengan el mismo sueldo y años de aportes, quienes se jubilen en febrero tendrán en marzo un haber jubilatorio menor que quienes se jubilen en marzo.
Esto se debe a que en base a la nueva ley previsional, en marzo las jubilaciones aumentan el 5,71%, mientras los sueldos que se toman como referencia para el cálculo del haber inicial de los que se jubilan a partir del 1 de marzo se ajustan el 7,1%.

Esta dicotomía, que rompe el principio de igualdad previsional, se debe a que las jubilaciones se ajustan 70% por inflación y 30% por el Ripte, (indice de salarios formales) mientras los sueldos se actualizan exclusivamente por el Ripte.

Antes de la nueva ley previsional, tanto las jubilaciones como los sueldos de referencia se ajustaban con la misma movilidad. Así, si se hubiera mantenido al anterior fórmula de movilidad, tanto las jubilaciones como los sueldos se hubieran actualizado con el mismo porcentaje, el 14,5%.



El especialista Guillermo Jáuregui señala que ese error técnico “crea una dicotomía incorrecta, ya que para dar los aumentos trimestrales se utilizará el Índice mixto IPC/RIPTE y para actualizar las remuneraciones históricas sólo el RIPTE, con lo cual dos compañeros de trabajo que se jubilen en distintas fechas pero con las mismas remuneraciones tendrán haberes jubilatorios distintos”.

Esa dicotomía se repetirá cada tres meses por los ajustes trimestrales y en cada oportunidad, en base a los porcentajes que se aprueben, convendrá jubilarse o postergar el momento de la jubilación.

La abogada Elsa Rodríguez Romero, especialista en Seguridad Social, sostiene que “la ley 27426 al modificar por un lado la fórmula de movilidad y por el otro la mecánica de actualización de las remuneraciones, divorciando ambos cálculos, genera una distorsión inaceptable que, lejos de disminuir la litigiosidad, la está incentivando”. Y agrega que “a la vista de las últimas reformas, no puede más que concluirse que no se está teniendo calidad técnica, ni en la diagramación de las normas provisionales, por parte del Poder Ejecutivo, ni en su análisis, por parte del Legislador”.


FUENTE: (https://www.clarin.com)

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